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Necesitas liquidez y la respuesta del manual es vender parte de tu cartera. Hay otra vía que la banca privada lleva décadas usando y que casi nadie explica al inversor particular: el crédito pignorado.

La idea es simple: en lugar de vender tus activos, los dejas en garantía y la entidad te presta dinero contra ellos. Tu cartera sigue invertida y no pasas por Hacienda porque no hay venta. A cambio, asumes un coste y un riesgo que conviene entender antes de firmar.

Qué es pignorar

Pignorar es dar un activo mueble en garantía de un préstamo. Es el primo de la hipoteca: allí el colateral es un inmueble; aquí, un activo financiero. Pignoras tus fondos de inversión, tus acciones o tus depósitos, y la entidad te presta usando esa cartera como colateral.

El matiz clave es que no vendes nada. Sigues siendo el titular: la revalorización y los dividendos son tuyos. Lo que pierdes mientras dura el crédito es la libre disposición: los activos quedan bloqueados y no puedes venderlos ni traspasarlos sin cancelar antes la deuda o sustituir el colateral.

Crédito pignorado y crédito lombardo: ¿son lo mismo?

Casi. Son primos hermanos, y en España los términos se solapan tanto que muchas entidades los usan como sinónimos. El crédito lombardo es el nombre que la banca privada da al crédito con pignoración de una cartera de valores. "Crédito pignorado" es el término genérico: cualquier préstamo con prenda de un activo financiero.

AspectoCrédito pignorado (uso general)Crédito lombardo (banca privada)
Colateral habitualUn activo concreto: depósito, fondo, accionesCartera de valores diversificada
FormatoPréstamo de importe cerradoLínea de crédito de la que dispones según necesites
Cliente tipoParticular en banca comercialCliente de banca privada o patrimonial
ImporteDesde unos miles de eurosHabitualmente a partir de seis cifras
FlexibilidadCuotas fijas, plazo cerradoDisposición y amortización flexibles
Naturaleza jurídicaPréstamo o crédito con prenda sobre activos financierosLa misma: prenda sobre activos financieros

Lo importante no es la etiqueta, sino las condiciones: cuánto te prestan sobre la garantía, a qué coste y qué pasa si la cartera cae.

Qué activos se pueden pignorar y cuánto te prestan

No todos los colaterales valen lo mismo. La entidad aplica un porcentaje máximo de financiación sobre el valor de la garantía, el LTV (loan to value): cuanto más estable y líquido el activo, más te prestan.

Depósitos y cuentas

El colateral perfecto para el banco: valor estable y liquidez inmediata. El LTV puede acercarse al 90-100% y el diferencial suele ser el más bajo.

Fondos de inversión

El caso más habitual en planificación patrimonial. Un fondo monetario o de renta fija de corta duración admite LTV altos; uno de renta variable global, intermedios; uno sectorial volátil, bajos. La prenda se anota sobre las participaciones sin moverlas de la gestora.

Acciones cotizadas

Admisibles si cotizan en mercados líquidos, pero con recortes mayores por su volatilidad. Una posición concentrada en un solo valor recibe un LTV menor que una cartera diversificada: el banco no quiere que su garantía dependa de una sola cotización.

Tipo de activo pignoradoLTV orientativo
Depósitos a plazo y saldo en cuenta90-100%
Fondos monetarios y renta fija a corto plazo80-90%
Fondos mixtos y carteras diversificadas60-75%
Fondos y acciones de renta variable50-65%
Valores concentrados o de alta volatilidad30-50% (o excluidos)

Son rangos orientativos: cada entidad tiene su política de colaterales y los porcentajes se pactan caso a caso.

Cómo funciona en la práctica

La operativa tiene cuatro pasos: la entidad valora tu cartera y asigna un límite según el LTV de cada activo; se firma la póliza y la prenda (normalmente ante notario); dispones del dinero, de golpe o según lo necesites si es una línea; y al devolver el crédito, la prenda se cancela.

El coste se fija normalmente sobre el Euríbor más un diferencial que, para carteras de calidad, suele moverse entre 1 y 2 puntos.

Ejemplo con números: pignorar 300.000 € para disponer de 150.000 €

Supón una cartera de fondos diversificada valorada en 300.000 € y que necesitas 150.000 € para la entrada de un inmueble. La entidad asigna un LTV del 60%: tu límite es de 180.000 € (300.000 × 0,60). Dispones de 150.000 €, por debajo del máximo, con margen de seguridad.

Con un coste de Euríbor más 1,5 puntos, pongamos un 3,5% total, el interés del primer año sobre los 150.000 € dispuestos es de 5.250 €. Tu cartera, mientras tanto, sigue invertida.

Compara con vender. Si esos 150.000 € vienen de participaciones compradas por 105.000 €, venderlas aflora una plusvalía de 45.000 €. Con la tarifa del ahorro de 2026 pagarías el 19% de los primeros 6.000 € (1.140 €) y el 21% de los 39.000 € restantes (8.190 €): 9.330 € de peaje fiscal que con la pignoración no se produce.

Ahora el otro lado. Con 150.000 € de deuda y un LTV del 60%, tu cartera debe valer al menos 250.000 € (150.000 / 0,60). Si pierde más de un 16,7% desde los 300.000 € iniciales, la entidad te pedirá reponer garantías o amortizar deuda. Una corrección así no es nada exótico en renta variable.

La ventaja fiscal de no vender

Aquí está la mitad del atractivo de esta figura. Vender fondos o acciones con plusvalías obliga a tributar en la base del ahorro del IRPF, con tipos en 2026 del 19% al 30%. Pignorar no es una transmisión: no afloras plusvalías y el capital sigue componiendo. El detalle, en nuestra guía sobre la tributación de los fondos de inversión.

Esta lógica encaja con la otra gran herramienta de diferimiento del inversor español: el traspaso entre fondos sin tributar. Diferir no es eliminar (el impuesto llegará cuando vendas), pero ese dinero sigue invertido mientras tanto.

Los riesgos: margin call y ejecución de la garantía

Pignorar es apalancarse, y el apalancamiento corta por los dos lados. El primer riesgo es el ajuste de garantías o margin call: si tu cartera cae por debajo del umbral pactado, la entidad te exige aportar más garantías o reducir deuda, justo en el peor momento, cuando el mercado ya está cayendo.

El segundo es la ejecución de la prenda. Si no atiendes el ajuste o impagas, la entidad puede vender tus activos pignorados y cobrarse con el resultado. No solo pierdes la cartera al precio más bajo del ciclo: la venta forzosa aflora además las plusvalías que querías diferir, con su factura fiscal. El peor desenlace de una operación que nació para evitar justo eso.

A esto se suma el riesgo de tipos: a tipo variable, una subida del Euríbor encarece la operación. La regla es de sentido común: solo sale a cuenta si el destino del dinero justifica el coste total y tienes capacidad real de devolverlo.

Cuándo no usarlo

El crédito pignorado es una herramienta para necesidades puntuales con un plan de devolución claro, no para financiar tu día a día ni para apalancarte e "invertir más". Usarlo para doblar tu apuesta en bolsa es la receta de manual para que una caída normal se convierta en un problema serio.

Tampoco tiene sentido si tu colchón de liquidez cubre la necesidad o si el horizonte de devolución es difuso. En esos casos, una venta parcial bien planificada, aunque tenga coste fiscal, puede ser lo más sensato.

Cómo lo enfocamos en Quality Finance

En una planificación patrimonial seria, la pignoración es una pieza más del asset allocation y de la gestión de liquidez, no un producto que se vende. Tiene sentido cuando hay una necesidad concreta, la cartera tiene plusvalías latentes que no interesa materializar y existe capacidad de aguantar un ajuste de garantías sin venta forzosa. Antes de plantearla, analizamos el escenario de estrés: cuánto puede caer la cartera antes del ajuste y con qué se cubriría.

Pignorar no es ni bueno ni malo en abstracto. Es una palanca: bien usada te da flexibilidad fiscal y financiera; mal usada, amplifica el riesgo que creías estar evitando.

Preguntas frecuentes

¿Pignorar mis fondos tiene algún coste fiscal?

No. La pignoración no es una transmisión: no afloras plusvalías ni tributas por constituir la prenda. Solo tributarás si se venden los activos, por decisión propia o por ejecución de la garantía.

¿Sigo cobrando los dividendos de los activos pignorados?

Sí. Sigues siendo el titular: dividendos, cupones y revalorización son tuyos. Lo que no puedes hacer es vender o traspasar los activos pignorados sin cancelar la deuda o sustituir la garantía.

¿Qué pasa si mi cartera cae mucho durante el crédito?

Si la garantía cae por debajo del umbral pactado, la entidad activa el ajuste: deberás aportar más activos o amortizar deuda. Si no lo haces, puede ejecutar la prenda y vender tus activos para cobrarse.

¿Cuánto dinero me prestan si pignoro mi cartera?

Depende del activo. Como referencia: hasta el 90-100% sobre depósitos, el 80-90% sobre fondos monetarios y entre el 50% y el 75% sobre fondos y acciones de renta variable, con recortes mayores cuanto más concentrada o volátil sea la cartera.

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