Modelo 720: qué es, quién lo declara y sanciones actualizadas
1/8/2026
El modelo 720 es la declaración informativa con la que Hacienda controla los bienes y derechos que un residente fiscal en España tiene fuera del país: cuentas bancarias, fondos, acciones, seguros de vida o inmuebles. No es un impuesto —no se paga nada al presentarla—, pero no presentarla a tiempo, o hacerlo mal, puede acarrear sanciones serias.
Es especialmente relevante para quien tiene una cuenta en un banco extranjero, ha heredado activos fuera de España o ha abierto una cartera en una entidad de banca privada en Luxemburgo. Aquí vemos quién está obligado, qué hay que declarar y cómo evitar los errores que más cuestan.
Quién está obligado a presentar el modelo 720
Están obligados los residentes fiscales en España —personas físicas y jurídicas— que superen 50.000 € de valor en cualquiera de estos tres bloques, contados cada uno por separado:
| Bloque | Qué incluye | Umbral |
|---|---|---|
| Cuentas en entidades financieras | Cuentas corrientes, de ahorro, depósitos | 50.000 € (saldo a 31/12 o saldo medio del último trimestre) |
| Valores, derechos, seguros y rentas | Acciones, fondos de inversión, seguros unit linked, planes de pensiones extranjeros | 50.000 € (valor a 31/12) |
| Bienes inmuebles | Inmuebles y derechos sobre inmuebles | 50.000 € (valor de adquisición) |
Si tienes 30.000 € en una cuenta y 30.000 € en un fondo extranjero, no declaras nada: cada bloque se mide por separado y ninguno llega al umbral. Si tienes 60.000 € solo en el bloque de valores, sí declaras ese bloque, aunque los otros dos estén vacíos.
Cuándo hay que presentarla
El plazo es del 1 de enero al 31 de marzo del año siguiente al que se declara. Una vez presentada por primera vez, no hace falta repetirla cada año: solo vuelves a declarar si algún bloque ya declarado aumenta en más de 20.000 € respecto a la última declaración, o si añades un bien nuevo que por sí solo supera el umbral.
Qué cambió tras la sentencia del Tribunal de Justicia de la UE
Hasta 2022, el modelo 720 tenía un régimen sancionador propio, mucho más duro que el de cualquier otra declaración informativa: multas fijas de 5.000 € por dato omitido y la posibilidad de tratar el bien no declarado como ganancia patrimonial no justificada, sin prescripción. El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (sentencia de enero de 2022) consideró ese régimen desproporcionado y contrario a la libre circulación de capitales.
Desde entonces, España ha adaptado la norma: las sanciones por no presentar o presentar tarde el modelo 720 son ahora las mismas que las de cualquier otra declaración informativa (en torno a 20 € por dato con un mínimo de 300 €, no los 5.000 € de antes), y el bien no declarado ya no se convierte automáticamente en ganancia patrimonial imprescriptible. La obligación de informar sigue vigente; lo que cambió fue el castigo por no cumplirla.
Errores más habituales
Confundir "no supero el umbral en ningún bloque" con "no tengo que mirar nada"
El cálculo hay que hacerlo bloque a bloque cada año, aunque el resultado final sea que no toca declarar. Muchas personas dan por hecho que no les afecta sin haber sumado realmente sus posiciones extranjeras.
Olvidar los seguros de vida-ahorro y unit linked
Un unit linked contratado con una aseguradora extranjera entra en el bloque de valores y seguros. Es de los activos que más se pasan por alto porque no "parecen" una inversión en el sentido clásico.
No actualizar la declaración cuando el valor sube
Si ya declaraste un fondo en Luxemburgo y su valor ha crecido más de 20.000 € desde la última declaración, hay que volver a presentar el modelo ese año. Revisar esto forma parte del mantenimiento anual de cualquier patrimonio con activos fuera de España.
Cómo lo enfocamos en Quality Finance
No somos asesoría fiscal ni gestoría: el modelo 720 lo presenta tu asesor fiscal o gestor con los datos de posición que te facilita el custodio. Nuestro papel en el asesoramiento patrimonial es distinto: cuando gestionamos activos fuera de España —por ejemplo, en una cuenta de banca privada en Luxemburgo— nos aseguramos de que tengas cada 31 de diciembre la documentación de posición clara y a tiempo, para que se la puedas pasar a quien te lleve la declaración sin sorpresas de última hora en marzo.
Esta información es divulgativa y no constituye asesoramiento fiscal ni una recomendación de inversión; para tu caso concreto consulta con un asesor fiscal. Invertir conlleva riesgo y las rentabilidades pasadas no garantizan rentabilidades futuras.
Preguntas frecuentes
¿Tengo que pagar impuestos al presentar el modelo 720?
No. Es una declaración puramente informativa. Lo que tributa, en su caso, es la renta que generen esos bienes (intereses, dividendos, ganancias al vender), no el hecho de tenerlos declarados.
¿Qué pasa si se me olvida presentarlo?
Desde la reforma de 2022, la sanción se calcula como la de cualquier declaración informativa fuera de plazo: aproximadamente 20 € por dato, con un mínimo de 300 €. Sigue siendo mejor presentarlo a tiempo, pero ya no existe el riesgo de la sanción desproporcionada anterior a 2022.
¿Los residentes fiscales de otros países tienen que presentarlo?
No. Solo obliga a quien es residente fiscal en España. Si te trasladas fuera y dejas de ser residente fiscal español, la obligación desaparece a partir de ese momento.
¿Un fondo indexado extranjero cuenta para el modelo 720?
Si el fondo está registrado o comercializado en España (caso habitual de los fondos indexados internacionales que se compran a través de un bróker o gestora española), no cuenta como bien en el extranjero. Solo cuenta si la posición está depositada directamente en una entidad no residente.
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